Addendum II to the Agreement To Establish The Bases For The Operation And Strengthening Of The Regional Council Of Agricultural Cooperation In 1997-2001

Filename: 2001-AddendumII-1996-StrengthenRegionalCouncilAgriculturalCooperation.SP.txt

Addendum 2 to the Agreement To Establish The Bases For The Operation And Strengthening Of The Regional Council Of Agricultural Cooperation In 1997-2001 (Spanish title and text: ADDENDUM II AL ACUERDO PARA EL FUNCIONAMIENTO Y FORTALECIMIENTO DEL CORECA)

Source: http://coreca.org/what/coreca/adendum/II-Addendum.htm, downloaded 20070610

Los Ministerios de Agricultura de Belice, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Nicaragua, Panamá, las Secretarías de Agricultura de Honduras, México y República Dominicana y el Director General del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura,

CONSIDERANDO

1. Que el 17 de diciembre de 1996, se aprobó el "Acuerdo para el funcionamiento y fortalecimiento del CORECA. Período 1997-2001", que vence el 16 de diciembre, 2001.

2. Que en la XIX Reunión Ordinaria del CORECA, realizada en Managua, Nicaragua, el 9 de marzo, 2000, el Consejo de Ministros aprobó un Addendum a dicho acuerdo con el fin de redefinir el funcionamiento de este foro ministerial.

3. Que en la Reunión Extraordinaria del CORECA y del Consejo Agropecuario Centroamericano - CAC, realizada en Roatán, Honduras, el 18 de octubre, 2001, se aprobó "Prorrogar por el tiempo necesario, pero como máximo de un año, el actual Acuerdo IICA - Países para el funcionamiento del CORECA, que finaliza el 16 de diciembre, 2001".

4. Que asimismo se aprobó que durante dicha prórroga, "deberá negociarse un nuevo Acuerdo entre el CAC, las Secretarías de Agricultura de México y República Dominicana y el IICA para definir los mecanismos de vinculación directa de cooperación regional en el sector agropecuario entre Centroamérica y estos dos países, que sustituya al CORECA".

5. Que la Cláusula Décima Sexta del Acuerdo para el funcionamiento del CORECA, establece que el mismo podrá ser modificado por resolución del Consejo de Ministros del CORECA, mediante Addendum que formaría parte integrante del Acuerdo.

ACUERDAN

Modificar la Cláusula Décima Quinta del "Acuerdo para el funcionamiento y fortalecimiento del CORECA período 1997-2001", de la siguiente forma:

CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA

VIGENCIA

Prorrógase el plazo de vigencia del Acuerdo para el funcionamiento y fortalecimiento del CORECA, hasta el 16 de diciembre, 2002, en los mismos términos y condiciones acordadas por cada una de las partes.

En caso de que se suscriba y formalice antes del 16 de diciembre del 2002, el Acuerdo entre el Consejo Agropecuario Centroamericano, las Secretarías de Agricultura de México, de República Dominicana y el IICA señalado en el Considerando 4, en esa fecha se daría por finalizada la vigencia del Acuerdo para el funcionamiento y fortalecimiento del CORECA.

EN FE DE LO ANTERIOR, suscribimos el presente Addendum en diez textos originales en español, de igual tenor y validez, en Punta Cana, República Dominicana, a los veintisiete días del mes de noviembre del dos mil uno.