Amendment To The Treaty For The Prohibition Of Nuclear Weapons In Latin America (adding "and the Caribbean" to the title)

Filename: 1990-Amendment-1967-ProhibitionNuclearWeaponsLatinAmerica.SP.txt

Amendment to the Treaty For The Prohibition Of Nuclear Weapons In Latin America

Source: http://www.asamblea.gob.pa/legispan/Pdf_LEY/2000_LEY/2000_LEY/2000_DOC/2...

Modificación al Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina (Tratado de Tlatelolco)

La Conferencia General,

Tomando en cuenta la decisión de la Primera Reunión de Signatarios del Tratado de Tlatelolco;

Recordando la Resolución 22 Rev.1 del Consejo del OPANAL y las deliberaciones habidas en el seno de la Reunión, sobre esta Resolución;

Tomando en consideración la constante reiteración de la Conferencia General del OPANAL, expresada en diversas Resoluciones y en especial en la 213 (X) del 29 de abril de 1987, de que siendo uno de los fines principales del Tratado de Tlatelolco el de mantener libre de armas nucleares el área que comprende la Zona de aplicación que establece el Articulo 4 del mismo, por lo que es su aspiración que todos los Estados latinoamericanos y del Caribe sean Partes del Tratado y que se incorporen como Miembros de pleno derecho al OPANAL;

Recordando asimismo la Resolución 207 (IX) de la Conferencia General aprobada el 9 de mayo de 1985, en la que se reconoce "el hecho de que la vinculación al Tratado de TIatelolco de diversos Estados del Caribe refleja la creciente pluralidad del Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina",

Resuelve:

1. Adicionar a la denominación legal del Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina, los términos "y el Caribe", y en consecuencia, hacer esta modificación en la denominación legal establecida en el Artículo 7 del Tratado.

2. Pedir al Consejo que instruya a la Comisión de Buenos Oficios para que continúe en sus esfuerzos, en consulta con los países directamente interesados, a fin de resolver el problema existente en relación con el alcance del Articulo 25, párrafo 2, del Tratado de Tlatelolco, e informe al Consejo sobre el resultado de sus gestiones a más tardar el 15 de agosto próximo.