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Mediante el presente Tratado para el aprovechamiento de los recursos hídricos compartidos de los tramos limítrofes del río Uruguay y de su afluente el río Pepiri-Guazu, que consta de 16 artículos, las pa rtes convienen en realizar el aprovechamiento hidroeléctrico, mejoramiento de las condiciones de navegabilidad, atenuación de los efectos de las crecidas extraordinarias y utilización racional de sus aguas para usos consuntivos. Los proyectos y obras a ser ejecutados tendrán presente la necesidad de preservar el medio ambiente, la fauna, la flora y la calidad de las aguas. Para la ejecución y operación de las obras de aprovechamiento hidroeléctrico se firmará un Convenio de Cooperación, para c uya coordinación se crea una Comisión Coordinadora.; FAO Descriptors: 110; 204; 207; 038; 234; 232; 073; 241; 218; 231; TFDD Basin: BAS-FAOC015262;